Home Satipo Mazamari: Supervisor de la obra Creación del Puente Carrozable sobre el Río Panga habría afectado el control técnico por estar supervisando otra obra en Huancavelica

Mazamari: Supervisor de la obra Creación del Puente Carrozable sobre el Río Panga habría afectado el control técnico por estar supervisando otra obra en Huancavelica

by Elias García Paredes

En el gobierno del ex alcalde de Mazamari Marcelino Camarena Torres, 2018 – 2022 el supervisor de la obra Creación del Puente Carrozable sobre el Río Panga no cumplió su labor en forma exclusiva en dicha obra, los regidores brillaron por su ausencia como fiscalizadores.

Hechos irregulares evidenciados

Como resultado de la evaluación a los hechos reportados, se ha identificado la existencia de

irregularidades que ameritan que el Titular de la entidad/responsable de la dependencia Jhony Apolinario Caso, adopte acciones, los mismos que se describen a continuación:

PARTICIPACIÓN DEL SUPERVISOR DE MANERA SIMULTÁNEA EN MÁS DE UNA OBRA, AFECTÓ EL CONTROL TÉCNICO EXCLUSIVO EN LA OBRA, EXIGIDO EN LA NORMA DE CONTRATACIONES, LO CUAL POSIBILITÓ EL RECONOCIMIENTO DE PRESTACIONES NO BRINDADAS EN LAS OBRAS EN LAS QUE NO ESTUVO PRESENTE.

La Municipalidad Distrital de Mazamari, en adelante “la Entidad”, convocó el 23 de setiembre de 2020, el procedimiento de selección Adjudicación Simplificada n.°13-2020-CS/MDM, bajo elsistema de contratación a precios unitarios, otorgando la buena pro al postor INMOBILIARIA &CONSTRUCTORA GUTTI S.A.C.

1, con quien suscribió el Contrato de Obras n.° 001-2020- GM/MDM el 28 de octubre de 2020 para la contratación de la ejecución de la obra: “Creación del Puente Colgante Carrozable sobre el Río Panga, en la Comunidad Nativa Poshonari del distrito de Mazamari – provincia de Satipo – departamento de Junín”, en adelante “la Obra”, por el monto de La participación del supervisor de manera simultánea en más de una obra, afectó el control técnico exclusivo en la obra, exigido en la norma de contrataciones, lo cual posibilitó el reconocimiento de prestaciones no brindadas en las obras en las que no estuvo presente.

Carta n.° 0127-2022/MPA-HVCA-GM/DMRD de 8 de noviembre de 2022.

2 Asiento n.° 01 del residente de la obra Recuperación de la infraestructura del local escolar 36183 con código del local 175764 en el centro poblado de Bellavista, distrito de Acobamba, provincia de Acobamba, departamento Huancavelica.

3 Asiento n.° 115 del residente de la obra Recuperación de la infraestructura del local escolar 36183 con código del local 175764 en el centro poblado de Bellavista, distrito de Acobamba, provincia de Acobamba, departamento Huancavelica.

4 Documentación registrada en INFOBRAS de la obra: “Creación del Puente Colgante Carrozable sobre el Río Panga, en la Comunidad Nativa Poshonari del distrito de Mazamari – provincia de Satipo – departamento de Junín”, a cargo de la Municipalidad Distrital de Mazamari.

5 Documentación registrada en INFOBRAS de la obra: “Recuperación de la infraestructura del local escolar 36183 con código del local 175764 en el centro poblado de Bellavista, distrito de Acobamba, provincia de Acobamba, departamento Huancavelica”, a cargo de la Municipalidad Provincial de Acobamba. S/ 1 395 237,17 (un millón trescientos noventa y cinco mil doscientos treinta y siete y 17/100 soles),con un plazo de ejecución de noventa (90) días calendario.

Por otra parte, la Entidad y el señor Vladimir Leo Arce Recuay, suscribió el contrato de servicios N.° 013-2020-GM/MDM de 1 de diciembre de 2020, para la contratación del servicio de consultoría en la supervisión de la Obra, por el monto de S/ 48 833,30 (cuarenta y ocho mil ochocientos treinta y tres y 30/100 soles), un plazo de ejecución de 120 días calendario, bajo el sistema de contratación por tarifas.

Al respecto, de la revisión al cuaderno de obra remitida por la Entidad, la comisión de control elaboró la línea de tiempo de la participación realizada por el ingeniero Vladimir Leo Arce Recuay quien se desempeñaba como supervisor de obra durante la ejecución de la Obra, tal como se muestra en la siguiente imagen:

Conclusión 

Como resultado de la Acción de Oficio Posterior practicada a la Municipalidad Distrital de Mazamari, se han advertido hechos irregulares evidenciados, los cuales han sido detallados en el presente informe.

Recomendaciones

  1. Hacer de conocimiento al titular de la Entidad, los hechos con indicios de irregularidad identificados como resultado del desarrollo de la Acción de Oficio Posterior, con la finalidad que disponga e implemente las acciones que correspondan.
  1. Hacer de conocimiento al titular de la Entidad, que debe comunicar al Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Mazamari, a través del Plan de Acción (Apéndice 2), las acciones que implemente respecto a los hechos con indicios de irregularidades identificados en el presente Informe de Acción de Oficio Posterior, en un plazo no mayor de diez(10) días contados a partir del día hábil siguiente de recibido el presente Informe.

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