17/06/2022 El Pleno del Congreso de la República aprobó por unanimidad -86 votos- la iniciativa legal que propone la formalización, desarrollo y competitividad de los micro y pequeños emprendimientos. Fue exonerada de segunda votación y quedó lista para que sea promulgada por el Poder Ejecutivo.
La norma se sustenta en los Proyectos de Ley 10, 271, 343 (actualizado), 579, 606, 613, 865, 1258 y 1296, presentados por las bancadas de Perú Libre, Fuerza Popular, Renovación Popular y Cambio Democrático-Juntos por el Perú. La Comisión de Trabajo y Seguridad Social propuso una fórmula sustitutoria respecto del Proyecto de Ley 613.
El titular de la Comisión de Producción, Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas, congresista Jaime Quito Sarmiento (PL) afirmó que la pandemia producida por el Covid-19 marca un antes y un después para las MYPES, y por ello es necesario establecer un marco regulatorio para su formalización.
Afirmó que los aspectos sustantivos de la norma destacan tres grupos de disposiciones: el ordenamiento vigente; las disposiciones acogidas; y las disposiciones construidas sobre el aporte de los propios emprendedores.
El congresista Quito Sarmiento manifestó que su objeto es establecer un marco regulatorio para la formalización, el desarrollo y la competitividad del emprendedor, en tanto, actor importante en el crecimiento social y económico del país.
“La formalización es uno de los aspectos medulares para materializar la promoción en la formalización, desarrollo y competitividad de los microemprendimientos. Se dispone que el Ministerio de la Producción elabore un plan de formalización e implementar la Ventanilla Única MYPE para simplificar los procedimientos de formalización y garantizar la interoperabilidad entre dichas entidades”, explicó.
Se incorpora en la norma a los emprendedores dedicados a la preparación y expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en emoliente u otras infusiones y de quinua, maca y quiwicha, para que puedan gozar de los beneficios establecidos para los microemprendimientos o microempresas.
La futura ley cuenta con 86 artículos que definen la formalización del emprendimiento; los instrumentos para la promoción de las MYPE; profesionalización, capacitación y asistencia técnica; acceso a los mercados y a información; investigación, innovación y servicios tecnológicos; apoyo a la gestión y desarrollo empresarial y el acceso al financiamiento.
También contempla un régimen tributario y fija un régimen laboral para los micro y pequeños emprendedores, aseguramiento en salud; sistema de pensiones sociales; marco institucional para los micro y pequeños emprendimientos; consejos regionales y consejos locales; fiscalización a los micro y pequeños emprendimientos
Asimismo, contiene diez disposiciones complementarias finales, una disposición complementaria transitoria, dos disposiciones complementarias modificatorias y una disposición complementaria derogatoria.