Satipo: Gobierno Regional de Junín demoró 133 días para entregar información documentada para peritaje de la obra Hospital Manuel Higa Arakaki

by Elias García Paredes

Deficiente elaboración de términos de referencia y orden de servicio respecto a la contratación del servicio de peritaje genera incumplimiento del consultor

El Control Concurrente se desarrolló al Hito de Control N.° 5: Servicio de peritaje técnico y legal, del proyecto “Mejoramiento de los Servicios de Salud del Hospital de Apoyo Manuel Higa Arakaki, distrito Satipo, provincia Satipo, región Junín”, y que ha sido ejecutado del 6 al 10 de noviembre de 2023, en las instalaciones de la Gerencia Regional de Control de Junín, ubicado en Jirón Lima N.° 338-346, distrito y provincia de Huancayo y departamento de Junín.  El presente servicio de Control Concurrente al precitado proyecto, establece el acompañamiento durante la ejecución del proyecto que se encuentran conformados por hitos, considerando diez (10) hitos, de los cuales se desarrollará el hito de control N.° 5.  según este hito de control el Gobernador Regional de Junín Zósimo Cárdenas Muje, está notificado para responder y adoptar las medidas que correspondan de acuerdo a su cargo de representación política y administrativa.

Situación actual del Proyecto:

Actualmente la obra se encuentra PARALIZADA contando con un avance físico ejecutado a julio del 2022 de 18.61%, según valorización aprobada por el Supervisor de obra, y un avance financiero acumulado del 37.1%, asimismo, tuvo como última fecha aprobada de término de obra el 2 de agosto del 2022.

Posteriormente, con Orden de Servicio n.° 0002026 de 14 de junio de 2023, el Gobierno Regional de Junín realizó la contratación de servicio de consultoría para la realización de peritaje técnico y legal a la obra “Mejoramiento de los servicios de salud del hospital de apoyo Manuel Higa Arakaki, distrito de Satipo, provincia de Satipo, departamento de Junín”, con un plazo de prestación del servicio de 90 días calendario y por el importe de S/ 39 500,00.

La unidad orgánica del Gobierno Regional de Junín que interviene en las actividades que forman parte del Hito de Control n.° 5: Servicio de peritaje técnico y legal, es la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones, la misma que está a cargo de la Gerencia Regional de Infraestructura según la Estructura Orgánica de la Entidad, la cual está encargada de la supervisión, evaluación, control, liquidación y transferencia de obras ejecutadas por el Gobierno Regional Junín, asimismo, es la responsable de las labores de monitoreo y seguimiento de la ejecución de las obras en el ámbito regional.

Las actividades que forman parte del Hito de Control N.° 5: Servicio de peritaje técnico y legal del proyecto “Mejoramiento de los Servicios de Salud del Hospital de Apoyo Manuel Higa Arakaki, distrito Satipo, provincia Satipo, región Junín”, son las siguientes:

✓ Verificación de presentación de entregables.

✓ Revisión de cumplimiento de plazos.

✓ Revisión de trámite de pago.

Observaciones

1 – Deficiente elaboración de términos de referencia y orden de servicio respecto a la contratación del servicio de peritaje por parte de la entidad, genera incumplimiento de obligaciones contractuales por parte del consultor.

2 – Incumplimiento en entrega de peritaje bajo los requerimientos de la entidad y en los plazos establecidos en la orden de servicio de parte del consultor, podría originar el riesgo de limitar acciones por parte de la entidad para reinicio de obra, además, de la posible inaplicación de penalidad por mora por S/ 2 765,00.

Donde, puede advertirse que, según Orden de Servicio N.° 2026-2023 de contratación del Servicio de peritaje, establece los plazos de presentación de cada entregable, indicando así, para el segundo entregable, 90 días calendario contado a partir de la recepción de la Orden de Servicio.  De ahí que, siendo la Orden de Servicio notificada el 21 de junio de 2023, la fecha máxima de presentación del Informe Técnico Pericial sería el 19 de setiembre de 2023.

De la línea de tiempo, se observa que con carta n.° 011-2023HC&E/RL/DTG de 23 de junio el Consultor solicita información documentada respecto a la Obra a fin de ejecutar el Servicio de Peritaje, cuyo trámite de requerimiento y entrega de información.  Luego, con documentos II, III, V, VII, VIII, X, XI la Entidad remite la documentación solicitada, siendo el último la carta N.° 1716-2023-GRJ/GRI/SGSLO de 3 de noviembre de 2023, en el cual la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras, señala: “Por lo que, mediante el presente, se realiza la entrega de la documentación, respecto a lo solicitado en la Carta N.°11-2023-HC&EIRL/RDTG. (…)”  Del párrafo anterior, se deja en evidencia que la Entidad cumplió con remitir toda la documentación solicitada el 03 de noviembre de 2023, pese a que esta fue solicitada por el Consultor el 23 de junio de 2023 mediante Carta N.° 011-2023HC&E/RL/DTG, habiendo transcurrido 133 días calendario para la atención total del requerimiento.

De esta manera, queda en evidencia que la Entidad no entregó de forma oportuna la documentación e información solicitada por el Consultor, la misma que sería necesaria para la realización del Servicio, lo que habría ocasionado que el Consultor no cumpla con sus obligaciones contractuales, tal y como señala este último con Carta n.° 019-2023HC&EIRL/RDTG de 13 de octubre de 2023:  “(…) no se nos ha entregado la documentación necesaria solicitada en la siguiente carta: – CARTA N° 11-2023 HC&EIRL/DTG de asunto SOLICITA INFORMACIÓN DOCUMENTADA PARA LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO DE PERITAJE RELACIONADO CON OBRAS con fecha 23 de junio del 2023.  Lo cual ha imposibilitado realizar los análisis que ustedes han esperado por lo que el informe pericial cuyo plazo de ejecución fue de 90 días, se ha basado en la inspección de campo y en la documentación parcial que se nos ha proporcionado según las cartas mencionadas en párrafos precedentes”.

Así mismo, se observa que mediante Carta N.° 015-2023 HC&E/RL/DTG (IV) de 24 de julio de 2023 el consultor requiere la realización de ensayos de calidad, así, la Entidad con Carta n.° 936-2023-GRJ/GRI (IX) de 18 de setiembre de 2023, un día antes del vencimiento de plazo de entrega del informe técnico pericial, remite el informe de ensayos y estudios realizados, habiendo transcurrido 56 días calendario de la solicitud del Consultor.  Cabe resaltar que, si bien en la Orden de Servicio N.° 0002026-2023 de 14 de junio de 2023 señala que de requerirse la realización de ensayos el perito solicitará la elaboración de los mismos y serán asumidos por el Gobierno Regional, sin embargo, no precisa los plazos en los que estos serán atendidos por la Entidad y el plazo para la verificación y conformidad del perito, tal y como se observa.

 

 

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